Nacionalidad Mexicana
Nacionalidad Mexicana

2004-09-01 | Español

Las mexicanas y los mexicanos

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización. Son mexicanos por nacimiento:

  • Los que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
  • Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional.
  • Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y
  • Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes.

Son mexicanos por naturalización los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización, y la mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los requisitos que señalen las leyes respectivas.

Ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.

Los mexicanos serán preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano.

Las mexicanas y mexicanos deben:

  • Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.
  • Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar;
  • Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior; y
  • Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Ciudadanía mexicana

Las mexicanas y mexicanos, cuando hayan cumplido 18 años y tengan un modo honesto de vivir, adoptan la calidad de ciudadanos mexicanos.

Son prerrogativas de las ciudadanas y ciudadanos de México:

  • Votar en las elecciones populares;
  • Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;
  • Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país;
  • Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes; y
  • Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.

Los ciudadano de la República deben inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.

Además, los ciudadanos mexicanos tienen el deber de alistarse en la Guardia Nacional, votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley, desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los Estados, que en ningún caso serán gratuitos, y desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las de jurado.

Última modificación :
2006-11-24 12:33:33 por Juan Antonio Ruiz Zwollo
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